DPTO. DERECHOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE DERECHOS HUMANOS

Fundamentación

-Los derechos humanos son el conjunto de derechos y libertades fundamentales para el disfrute de la vida humana en condiciones de plena dignidad, y se definen como intrínsecos a toda persona por el mero hecho de pertenecer al género humano.

-Son universales, por ser derechos inalienables de todos los seres humanos. Universales porque son aplicables a todas las personas sin distinción alguna. Sin importar su raza, color, sexo, origen étnico o social, religión, idioma, nacionalidad, edad, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra característica distintiva ya que estos derechos son de y para todas y todos. Inalienables porque no pueden cancelársele o destituírsele a ninguna persona y además nadie puede renunciar a ellos, ya que son inherentes a todo ser humano.

-Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado para proteger a las personas y a los grupos, abarcando todos los aspectos de la vida de hombres y mujeres, niños y niñas. -Los cimientos de los derechos humanos se encuentran en la Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobadas por la Asamblea General en 1945 y 1948, respectivamente.

-En la Declaración Universal de Derechos Humanos se consagran los derechos considerados fundamentales, pero no constituyen en una lista cerrada ya que los derechos humanos se mantienen en constante evolución y cambio en la búsqueda de una mayor protección para las personas.

Se han ido ampliando para incluir normas específicas relacionadas con las mujeres, los niños, las personas con discapacidad, las minorías y otros grupos vulnerables, que ahora poseen derechos que los protegen frente a la discriminación que durante mucho tiempo ha sido común dentro de numerosas sociedades.

Hasta ahora se han creado diversos instrumentos que desarrollan clasifican los derechos humanos que Declaración Universal establece en tres generaciones.

Primera Generación: Incluye derechos civiles y políticos. Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.

*Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.

*Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.

*Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre.

*Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.

*Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación.

*Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.

*Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

*En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.

*Toda persona tiene derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desea.

*Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión.

*Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas.

*Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica.

Segunda Generación: Incluyen los derechos económicos, sociales y culturales, debido a los cuales, el Estado de Derecho pasa a una etapa superior, es decir a un Estado Social de Derecho. Así, surge el constitucionalismo social que exige que los derechos sociales y económicos, descritos en las normas constitucionales sean realmente accesibles y disfrutables. Se demanda un Estado de Bienestar que implemente acciones, programas y estrategias para lograr que las personas los gocen efectivamente. Ellos son:

*Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.

*Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.

*Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses.

*Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios.

*Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.

*Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales.

*Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades.

*La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.

Tercera Generación: Este grupo de derechos fue promovido para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblo, en un marco de respeto y colaboración mutua entre las distintas naciones de la comunidad internacional. Entre ellos se destacan los relacionados con: 

*La autodeterminación.

*La independencia económica y política.

*La identidad nacional y cultural.

*La paz.

*La coexistencia pacífica.

*El entendimiento y confianza.

*La cooperación internacional y regional.

*La justicia internacional.

*El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.

*La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.

*El medio ambiente.

*El patrimonio común de la humanidad.

*El desarrollo que permita una vida digna.

La Declaración Universal de Derechos Humanos, deja claro que no existe jerarquía, todos los derechos humanos tienen la misma importancia, y que además de los Estados también las personas, las organizaciones internacionales y otros agentes no pertenecientes al Estado tienen también obligaciones en materia de derechos humanos.

Las personas en lo individual, tienen responsabilidades generales para con la comunidad y deben respetar los derechos humanos de los demás.

Estudios Genéticos como Instrumento de Defensa de Derechos Humanos

Los estudios genéticos, actualmente son utilizados con distintos propósitos en beneficio del ser humano, actualmente está claramente demostrado que su aplicación es una fuerte herramienta para la defensa de los derechos humanos. Así, por ejemplo son de gran apoyo a las leyes nacionales:

Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de niñas, niños y adolescentes.

Que en su Artículo 11 establece el Derecho a la Identidad y en su Artículo 14 el Derecho a la Salud.

Ley 26.485, de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

Que en su Artículo 1 menciona que se debe garantizar:

a) La eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida;

f) El acceso a la justicia de las mujeres que padecen violencia;

g) La asistencia integral a las mujeres que padecen violencia en las áreas estatales y privadas que realicen actividades programáticas destinadas a las mujeres y/o en los servicios especializados de violencia.

En su Artículo 3, en especial referencia a garantizar:

a) Una vida sin violencia y sin discriminaciones;

b) La salud, la educación y la seguridad personal;

c) La integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial;

d) Que se respete su dignidad.

La Fundación Biogen es una organización que lucha por garantizar los derechos humanos de los salteños, desde el 2008, quienes integramos la Fundación Biogen luchamos por la igualdad de oportunidades, para que todos los salteños que lo necesiten puedan contar con los estudios genéticos que los ayude a su desarrollo integral como ser humano. Posibilitándoles una mejor asistencia y la prevención o recuperación de graves enfermedades.

Hacer un estudio genético para confirmar un diagnóstico no es una simple técnica, sino se constituye en un hecho transcendental para la vida de esa persona y su familia. Es la base para que el derecho a la salud pueda ser cumplido, permite establecer fehacientemente cuál es el problema específico del paciente, dimensionar su gravedad, definir la estrategia terapéutica apropiada, hecho prioritario para cuidar los otros aspectos sociales incluso de todo el grupo familiar. No es solo decirle qué tiene, sino es darle el conocimiento necesario para a partir de allí cubrir sus necesidades de la forma más apropiada, correcta e integral.

Realizar un análisis de ADN posibilita defender y restaurar el derecho a la identidad, pero no es un solo acto de confirmarle quién es, quién es su padre. Involucra que se hace posible también cubrir las necesidades básicas de los niños (casa, comida, educación, salud, recreación, etc.) posibilitando el reconocimiento paterno que amplía su ámbito familiar aumentando la cobertura de todos los aspectos sociales de ese menor.

Aquellos niños que no han sido reconocidos por sus padres, hecho que los pone en desventaja y en situación de vulnerabilidad, no están en iguales condiciones que les garantice además de cubrir sus necesidades básicas, que les permita la inclusión familiar y social. Así, es que un tipo de violencia “es la falta de reconocimiento paterno”.

Además se violenta también moralmente a la mujer que manifiesta quién es el padre de su hijo pero el se niega al reconocimiento. Suele suceder que algunos varones al no querer asumir la paternidad de una criatura, caen en descalificar y menospreciar a la mujer, para evitar que se investigue la misma o ganar tiempo, olvidándose que se violenta también al menor privándolo de sus derechos (identidad, cuota alimentaria, obra social, etc.). Es en estas situaciones donde la mujer, a pesar de los agravios que sufre, debe fortalecerse como persona y recurrir a la justicia en defensa de la identidad de su hijo.

En la justicia los análisis de ADN adquieren relevancia ya que constituyen una fuerte herramienta de certeza con la que cuentan los jueces para que se pruebe una paternidad alegada; sin embargo el costo de estos estudios aún resultan altos y marcan una desigualdad de condiciones. Es por ello, que desde la Fundación BIOGEN, realizamos estudios gratuitos con el propósito de dar solución a las madres de escasos recursos para permitirles concretar la prueba de ADN.–dentro de nuestras posibilidades económicas-.

Actualmente está demostrado que los estudios de ADN tienen un fuerte impacto social, y deben ser de interés del estado debido a la fuerte implicancia para el ser humano como ser social. Sin embargo, la accesibilidad a los estudios genéticos puede ser complicada ya que existen pocas instituciones que cuentan con personal capacitado en esta nueva ciencia y con la tecnología necesaria que permitan su realización.

Destacamos que la Fundación Biogen es única en su tipo a nivel provincial y nacional. Es una Institución que brinda gratuitamente estudios genéticos orientados a la defensa de los derechos humanos, incluyendo principalmente dos ramas de impacto de la genética: salud: la protección de la salud y justicia: la identidad de las personas. Nuestras acciones tienen una fuerte repercusión para la vida de los pacientes y sus familias. Más aún, considerando que el elevado costo de los estudios genéticos que imposibilita el acceso a los mismos de la mayor parte de la población, en BIOGEN cumplimos con un rol importante para nuestra sociedad fundamentalmente en beneficio de la equidad, igualdad y defensa de derechos humanos.

Objetivos del Departamento de Derechos Humanos de Biogen

· Apoyar y asesorar las actividades de todas las áreas y departamentos de la Fundación.

· Colaborar o desarrollar acciones o actividades en beneficio de concretar estudios genéticos, proyectos e investigaciones con el propósito de promover los derechos humanos relacionados a salud, identidad, evitar violencia de distintos tipos, etc.